Ponferrada

Empieza a funcionar la Oficina de Transparencia del Ayuntamiento de Ponferrada

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Desde hoy comienza a funcionar en el Ayuntamiento de Ponferrada la Oficina Municipal de Transparencia, que tiene como finalidad fundamental aplicar y desarrollar la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de transparencia y participación ciudadana de Castilla y León. Oficialmente, este organismo comenzó a funcionar el pasado sábado 1 de agosto, pero el primer día hábil de operatividad de la Oficina es hoy lunes 3 de agosto.

Aunque estas leyes ya tenían plena vigencia, su aplicación en el Ayuntamiento de Ponferrada era francamente dificultosa, toda vez que no había medios ni personal asignado al cumplimiento de los requerimientos de estas disposiciones normativas.

A partir de ahora, el Ayuntamiento de Ponferrada ha provisto una dotación de personal asignado específicamente a dicha actividad, y que consiste en un funcionario del personal administrativo municipal y dos informáticos. La oficina estará dirigida por la concejala del área de Relaciones Institucionales y Transparencia, Mabel Fernández.

Hay que tener en cuenta que, tal y como indica la Ley estatal de transparencia: “La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos”.

En este sentido, la Oficina Municipal de Transparencia proporcionará a los ciudadanos y a las instituciones todo tipo de información de relevancia jurídica, así como información económica, presupuestaria y estadística. Básicamente publicará información relativa a contratos (con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, etc.); convenios suscritos; subvenciones y ayudas públicas concedidas; presupuestos (con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución y sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas); las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan; las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de estas normas; las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos; las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; así como la información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia.

En todo caso, toda la información que se proporcione a través de la Oficina Municipal de Transparencia vendrá sometida a la normativa vigente en materia de protección de datos.

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