El plazo de presentación para solicitar estas ayudas finaliza el 2 de agosto. De todos modos, la presente convocatoria excluye las cesiones temporales de aquellos inmuebles afectados por otra normativa específica, destinadas a satisfacer necesidades o proyectos puntuales que estarán regulados por la autorización municipal oportuna.
La documentación que deben presentar debe contener la declaración responsable relativa a que la entidad se encuentra inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y, en su caso, la declaración de asociación de utilidad pública; una copia del acta de la última Asamblea General de la asociación; y un certificado del órgano competente de la entidad por la que se acuerda solicitar la cesión gratuita del local, además de una memoria descriptiva del proyecto para cuyo desarrollo solicita la cesión gratuita.
Las entidades que estuvieran utilizando actualmente inmuebles, edificios o instalaciones deberán presentar la última autorización otorgada o convenio de cesión, así como memoria justificativa (carteles, fotos, facturas, publicaciones, etc.) de las actividades realizadas durante los años 2019 y 2020, incluyendo balance de ingresos y gastos, y finalmente el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social.